El campo del intelectual es por definición la conciencia. Un intelectual que no comprende lo que pasa en su tiempo y en su país es una contradicción andante y el que comprendiendo no actúa tendrá un lugar en la antología del llanto pero no en la historia viva de su tierra" Rodolfo Walsh

jueves, 13 de diciembre de 2012

PODERES INDEPENDIENTES POR EL BIEN COMÚN


La Constitución Nacional, Cautelares y corrupción Judicial
Por Eduardo Visco

Articulo 42. –Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo.
Las autoridades proveerán  a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.

Esto pertenece a la “Constitución Nacional” con su reforma incorporada en el año 1994, Capitulo segundo, nuevos derechos y garantías.

Una ves leído el anterior párrafo como ciudadano con plenos derechos nos debiéramos preguntar ¿como luego de tres años de promulgada una ley, enviada por el ejecutivo, aprobada por las dos cámaras del parlamento Nacional, refrendada por la Corte Suprema de Justicia, aún no está en plena vigencia?

Está pregunta nos debe llevar al espacio de la fría reflexión, más allá de los miles de mensajes diarios que en forma subliminal nos borbadean desde los sectores monopólicos que precisamente defienden intereses corporativos.

La Constitución Nacional  es el limite para ajustarse al derecho y el “Poder Judicial” es el ultimo poder garantizando el bien publico, lo que significa que su mirada a la hora de dictaminar una sentencia debe estar interrelacionada con lo político ,lo económico y social, en una palabra el magistrado debe estar a la altura del “ser” humano.

La exigencia a todo magistrado es que no debe existir ningún lazo comercial, familiar o relación afectiva, el juez  De las Carreras, participo alegremente de la cumbre del CERTAL , auspiciado por empresas vinculadas al Grupo Clarín, invitado junto a el lo hicieron otros magistrados, el Camarista Guaroni quien se excuso para expedirse sobre la causa sobre el caso Clarín ,radicada en la sala Nº 1 de dicha Cámara.
Lo fundamento “Por motivos de decoro y delicadeza” y de acuerdo a lo que dicta  con absoluta claridad el articulo Nº 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El Juez , Francisco De Las Carreras de haber tenido el mínimo de decoro y honestidad intelectual debió haber asumido la misma y honrosa determinación, pero sus ya claras intenciones es favorecer al Monopólico “Grupo Clarín” deteniendo cuanto sea posible la plena aplicación de la “Ley de Medios Audiovisuales”.

El aberrante fallo de la Cámara otorgando una nueva Cautelar y la  respuesta de la Corte Suprema de Justicia ante el pedido de “per saltum”, rechazando lo solicitado por el estado Nacional, a pesar de ajustarse a derecho, desnuda el tibio compromiso de la Institución del Poder Judicial para con el bien común, ultimo fin de “La Justicia”.
La Cámara con su desición contradice el espíritu de la Corte que ya se había expedido PONIENDO SU PLAZO EL 7 DE DICIEMBRE.

En la actualidad el poder Judicial demuestra en muchísimos fallos su ruptura con la realidad política desde donde se construyen las leyes a través de sus representantes legítimamente elegidos por el voto popular.
Fue Carrasco, y fue Bugallo y es Trimarco, y la ley de Medios, fallos incomprensibles, vergonzosos y profundamente sospechados, lo que hoy exige una rápida reforma del Poder Judicial, poder que está para legislar y no para gobernar.
Por la Democracia, por la Nación Argentina, por el Pueblo y por la Patria.

*Periodista y Escritor-Sec. Prensa y Difusión “Doctrina en Marcha” PJ

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