Por Eduardo Visco
Articulo 42. –Los
consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su
salud, seguridad e intereses económicos; a una
información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de
trato equitativo.
Las autoridades
proveerán a la protección de esos
derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia
contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad
y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de
consumidores y de usuarios.
Esto pertenece a la “Constitución
Nacional” con su reforma incorporada en el año 1994, Capitulo segundo,
nuevos derechos y garantías.
Una ves leído el anterior párrafo como ciudadano con plenos
derechos nos debiéramos preguntar ¿como luego de tres años de promulgada una
ley, enviada por el ejecutivo, aprobada por las dos cámaras del parlamento
Nacional, refrendada por la Corte Suprema
de Justicia, aún no está en plena vigencia?
Está pregunta nos debe llevar al espacio de la fría
reflexión, más allá de los miles de mensajes diarios que en forma subliminal
nos borbadean desde los sectores monopólicos que precisamente defienden
intereses corporativos.
La exigencia a todo magistrado es que no debe existir ningún
lazo comercial, familiar o relación afectiva, el juez De las Carreras, participo alegremente de la
cumbre del CERTAL , auspiciado por empresas vinculadas al Grupo Clarín,
invitado junto a el lo hicieron otros magistrados, el Camarista Guaroni quien
se excuso para expedirse sobre la causa sobre el caso Clarín ,radicada en la
sala Nº 1 de dicha Cámara.
Lo fundamento “Por motivos de decoro y delicadeza” y de
acuerdo a lo que dicta con absoluta
claridad el articulo Nº 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
El Juez , Francisco De Las Carreras de haber tenido el mínimo
de decoro y honestidad intelectual debió haber asumido la misma y honrosa
determinación, pero sus ya claras intenciones es favorecer al Monopólico “Grupo
Clarín” deteniendo cuanto sea posible la plena aplicación de la “Ley de Medios
Audiovisuales”.
El aberrante fallo de la Cámara otorgando una nueva Cautelar y la respuesta de la Corte Suprema de Justicia ante
el pedido de “per saltum”,
rechazando lo solicitado por el estado Nacional, a pesar de ajustarse a derecho, desnuda el tibio
compromiso de la
Institución del Poder Judicial para con el bien común, ultimo
fin de “La Justicia ”.
En la actualidad el poder Judicial demuestra en muchísimos
fallos su ruptura con la realidad política desde donde se construyen las leyes
a través de sus representantes legítimamente elegidos por el voto popular.
Fue Carrasco, y fue Bugallo y es Trimarco, y la ley de
Medios, fallos incomprensibles, vergonzosos y profundamente sospechados, lo que
hoy exige una rápida reforma del Poder Judicial, poder que está para legislar y no para gobernar.
Por la Democracia, por la Nación Argentina, por el Pueblo y por la Patria.
*Periodista y Escritor-Sec. Prensa y Difusión “Doctrina en Marcha” PJ
No hay comentarios:
Publicar un comentario