El campo del intelectual es por definición la conciencia. Un intelectual que no comprende lo que pasa en su tiempo y en su país es una contradicción andante y el que comprendiendo no actúa tendrá un lugar en la antología del llanto pero no en la historia viva de su tierra" Rodolfo Walsh

martes, 8 de septiembre de 2009

Basta de Monopolios


Ley de servicios de comunicación audiovisual

Desde toda la historia, desde la edad de piedra, las primeras impresiones tipográficas, el advenimiento de la era industrial, hasta el Siglo XX y en la actualidad con una diversidad de tecnologías que confunden y a veces saturan la información, el hombre utilizó la “COMUNICACION” como forma de trasmitir valores, contenidos académicos, culturales, científicos, laborales y podríamos decir que sin comunicación, no lograríamos construirnos como sociedad.


Esto muestra la importancia de una nueva “Ley de Medios Audiovisual”, actualmente nos regimos con una caduca ley que permitió a un amplio espectro de “Empresarios” no solo de la información ,además de otras actividades, para reforzar el funcionamiento “MONOPOLICO” de la información se asociaron grandes empresarios agrícolo ganaderos, exportadores, productores del mundo de la farándula ,industrias químicas, empresarios papeleros y no quiero seguir enumerando, ya que sería interminable, los medios de comunicación empresariales apoyados por grandes capitales en defensa de sus intereses , poco a poco generaron una “Opinión Publica” minando subliminalmente conciencias, voluntades y se apoderaron de la esperanza de una Argentina mejor , esperanza que hoy se intenta recuperar con firmeza y desición política aprobando la “Nueva Ley”.


Precisamente estos, son los personeros que pretenden imponer un freno a una ley que marcará un antes y un después, ya que ésta limitará el poder comunicacional al servicio del empresario, monopólico y transnacional.


Este proyecto de “Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”, era sin ninguna duda una de las deudas históricas de la Democracia , 25 años intentando cambiar esa vieja ley 22285, modificada durante el Menemato , coincidiendo (casualmente) con el beneficio al sector privado, obtenido con otras medidas aleatorias para el vaciamiento del Estado Argentino.


El Proyecto de Ley hoy discutido bicameralmente, ya paso por un profundo debate en la sociedad y en cada uno de los estamentos académicos involucrados en las comunicaciones , por todo el ámbito de la república, universidades, sindicatos, cámaras empresariales, ONG, docencia y hoy finalmente llega a la Cámara con las modificaciones propuestas, no obstante se pone a consideración de la oposición que en lugar de hacer aportes jurídicos y/o políticos , solo piden que se debata luego del 10 de Diciembre.


Aquí es bueno recordar que el Congreso de La Nación fue elegido en elecciones libres y democráticas y que su mandato está en plena vigencia hasta la jura de los nuevos diputados y senadores, hecho más que elocuente de la legalidad del actual Congreso.


La Ley establece que estará representada por el poder ejecutivo, por la segunda minoría y tercera minoría.


Se creará el “Consejo Federal de Comunicación Audiovisual” integrado por un representante de cada una de las Provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dichos representantes deberán ser idóneos en la materia.


3 representantes de prestadores privados de carácter comercial

3 por entidades que agrupen prestadores sin fines de lucro

1 Por Universidades Nacionales

1 Por Universidades Nacionales con Facultades de carreras de Comunicación

1 Medios públicos de todos los ámbitos y jurisdicciones

3 entidades sindicales de trabajadores de los medios de comunicación

1 sociedades de gestores de derechos

1 Por los pueblos Originarios

La duración de las licencias será de diez años prorrogable a otros diez, previa audiencia publica.


En ningun caso la revisión tecnologica cada dos años hará peligrar la licencia otorgada.


ARTICULO 40: deja explícitamente asentado en su párrafo final “Preservando los derechos de los titulares de licencias o autorizaciones al momento de la revisión, la aprobación de las nuevas reglas deberá ser previamente ratificada por la “Comisión Bicameral.”


De todo lo aquí expuesto se desprende la imparcialidad de la ley propuesta y demás está decirlo, la legalidad de la autoridad que debate esta ley, como aquella que apruebe finalmente la ley consensuada.


Eduardo Visco – Periodista

Conductor “Debate Abierto”

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